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INAI, comprometido siempre con la máxima publicidad

Redacción Zacatecas 3.0 by Redacción Zacatecas 3.0
enero 26, 2022
in Opinión
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INAI, comprometido siempre con la máxima publicidad

Por: Dra. Norma Julieta Del Río Venegas

Comisionada del INAI

Este 2022 debemos recordar que el INAI y la población estamos a la espera de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva la controversia constitucional 217/2021 en contra del Acuerdo emitido por el Ejecutivo federal y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de noviembre de 2021, que declara obras y proyectos de infraestructura como asunto de interés público y seguridad nacional.

Esta controversia constitucional fue admitida a trámite por la SCJN el 14 de diciembre pasado. Fue interpuesta por el INAI en cumplimiento de las atribuciones que le mandatan actuar con plena independencia siempre que esté en riesgo la garantía de los derechos fundamentales que tutela. Entretanto que la SCJN, el pleno del INAI se mantendrá consistente con el criterio de máxima publicidad de la información pública que no se ajuste a las directrices establecidas para la aplicación de excepciones al derecho de acceso a la información.

Para el pleno del INAI, el Acuerdo impugnado transgrede el marco normativo general y federal de la materia, porque este prohíbe explícitamente la clasificación previa de la información y obliga a los sujetos obligados de la administración pública federal a realizar un análisis caso por caso para clasificarla. Al admitir a trámite la controversia constitucional, la SCJN consideró procedente conceder al INAI la suspensión para que no se clasifique la información sin cumplir con la ley.

Sin embargo, la población nos ha mostrado que las implicaciones del Acuerdo en materia de transparencia van más allá. Esto también implica pugnar para que las autoridades competentes liberen la documentación que fundamenta y motiva la o las decisiones que llevaron a la elaboración, redacción, revisión, aprobación, firma o rúbrica del Acuerdo. Esta semana, presenté ante Pleno el recurso de revisión RRA 14311/21 en el que se solicitaba a la Oficina de la Presidencia de la República liberar esta información. Bastaron 21 páginas de un documento de Word para desvirtuar la incompetencia declarada por el sujeto obligado y revocar su respuesta.

En la exposición del caso, mencioné que es claro que el este staff que pertenece a estas instancias de gobierno cuenta con información, se pasan tarjetas, análisis, proyectos, decretos, opiniones, previo a pasar a áreas como la Consejería Jurídica; por lo tanto, la Oficina de la Presidencia de la República sí es competente y debió realizar una búsqueda en la totalidad de las unidades administrativas y pronunciarse sobre lo solicitado. El proyecto de resolución fue aprobado por unanimidad por el Pleno del Instituto.

La información pública es la vía para conjurar las suspicacias sobre posibles vulneraciones, porque sirve para demostrar que las obras y proyectos de infraestructura federales mitigan o eliminan riesgos a la sustentabilidad de los recursos locales, modos de vida e identidades afectadas.

Recordemos que los considerandos del Acuerdo exponen que “México requiere infraestructura para fomentar su desarrollo de manera incluyente y acercar oportunidades a las regiones más rezagadas. […] Que los proyectos regionales de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo son importantes para incrementar la derrama económica del turismo, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible y proteger el medio ambiente.”

Precisamente, para demostrar la validez de estos considerandos en cada obra y proyecto de infraestructura se requiere información pública como evidencia. Al defender la transparencia y el derecho de acceso a la información en cada caso, defendemos otros derechos fundamentales del derecho a la consulta previa, el derecho a la tierra y al territorio, el derecho al medio ambiente, el derecho a la propiedad de los núcleos agrarios y otros. Por esta razón se les llama derechos instrumentales a los que tutela el INAI.

La información pública es necesaria para demostrar que las obras y proyectos de infraestructura, efectivamente, contribuyen a solucionar los problemas públicos más sentidos de la población. Permanecemos pendientes y nos mantendremos siempre defendiendo las libertades informativas de la sociedad.

@JulietDelrio

Tags: ComisionadaDra. Norma Julieta del Río VenegasINAIInstituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos PersonalesLey General de Transparencia y Acceso a la Información PúblicaPlataforma Nacional de TransparenciaSCJNSuprema Corte de Justicia de la Nación
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